Regulación relativa a la profesión de guía turístico 2

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Como veíamos en el post anterior, la profesión del guía de turismo ha estado regulada por decretos autonómicos que han tenido que ser modificados en el año 2010. La polémica surge porque en ese año entra en vigor la Directiva 2006/123/CE emitida por la Unión Europea que, simplificándolo mucho, establece la libre circulación de algunos servicios dentro de la propia Unión, encontrándose afectado entre ellos el de guía turístico.

El motivo por el cual la mayoría de los guías han puesto el grito en el cielo es porque ven amenazado su trabajo, tienen miedo de que cualquiera pueda venir a trabajar como guía de turismo y sus ingresos se vean claramente afectados. En mi humilde opinión, si fueran buenos guías no deberían tener tanto miedo, pero como siempre digo, hay de todo. Opiniones aparte, esta es la realidad en la que nos encontramos:

Por un lado, sé que en Andalucía existe una sentencia que exime de tener que obtener la habilitación como guía turístico a partir de la entrada en vigor de la ya citada normativa europea. Sin embargo, en el caso de la Comunidad Valenciana, la última modificación de decreto regulador de la profesión de guía turístico no dice que se exima de tener que hacer el examen, sino que se plantean tres supuestos diferentes:

  1. Las personas que hayan obtenido su habilitación en otra comunidad autónoma pueden ejercer en la Comunidad Valenciana si simplemente lo comunican a la administración competente, en ese caso, la Generalitat Valenciana
  2. Si la han obtenido en otro país de la Unión Europea, deben contactar con la Consellería de Turismo para presentar cierta documentación. Una vez presentada pueden ejercer.
  3. Si provienen de otro país tendrán que examinarse.

Es decir, que la habilitación sigue existiendo, no desaparece, pero con una mayor “flexibilidad”. De obtener la titulación universitaria y pasar el examen no nos libramos.

Pues bien, con toda esta situación es cuando rápidamente me asaltan las siguientes cuestiones:

  • ¿Si alguien que está habilitado por la comunidad Madrid puede explicar la Basílica de Santa María en Alicante? ¿La conocerá tanto como para poder hacer una buena visita?
  • ¿Qué pasa con la gente que es muy válida como guía pero que por no tener la titulación universitaria no puede acceder al examen? Seguro que hay muchas personas que saben muchísimo de cine pero por no tener la titulación exigida no pueden hacer el examen, incluso siendo buenos comunicadores.
  • Y si liberamos completamente la profesión, ¿cualquiera puede ser guía?
  • ¿Las dos normativas (europea y autonómica) no son contradictorias?

Yo, que siempre he sido una firme defensora de la habilitación (la tengo desde hace 6 años) cada día tengo más dudas al respecto y no termino de encontrar una razón que me haga posicionarme de un lado o del otro. Pienso que un examen es necesario, al fin y al cabo se deben demostrar unos conocimientos y unas habilidades. Por otro lado, no creo que haga falta una titulación universitaria para poder ejercer, uno puede ser especialista en algo que no tenga unos estudios universitarios reglados. Y por último, ahora resulta que con mi habilitación puedo ser guía del Louvre??? No entiendo nada…

¿Qué pensáis vosotros?

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